En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó del decreto que hace oficial la expedición de este nuevo documento oficial de identidad

Redacción / La Voz de Michoacán

Ciudad de México. La Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica ahora será un documento obligatorio para los mexicanos, el cual forma parte de un nuevo sistema de identificación digital.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó del decreto que hace oficial la expedición de este nuevo documento oficial de identidad, lo que marcará el inicio formal de su entrada en vigor.

 ¿Qué es la CURP biométrica?

La CURP es un documento de identidad personal para los ciudadanos que sirve para registrar en forma individual a todas las personas que residen en México, nacionales y extranjeras, así como a los connacionales que radican en otros países.

Actualmente, la CURP que conocemos está compuesta por un total de 18 dígitos, pero con la reciente modificación aprobada en el Congreso de la Unión, se añadirán otros datos.

Los nuevos datos de la CURP biométrica

El nuevo documento tendrá los siguientes elementos:

  • Primeras letras del apellido paterno
  • Primera letra del apellido materno
  • Inicial del primer nombre (salvo si te llamas José o María, se tomará el segundo nombre)
  • Últimos dos dígitos del año de nacimiento
  • Mes de nacimiento (incluyendo un 0 al inicio si es un solo dígito)
  • Día de nacimiento (incluyendo un 0 al inicio si es un solo dígito)
  • Sexo del solicitante (M para mujer, H para hombre)
  • Lugar de nacimiento (siglas)
  • Homoclave (conformado por tres dígitos únicos)
  • Leyenda que remarca que está certificado ante Renapo
  • Firma electrónica (cuando sea actualizado)
  • Foto del solicitante
  • Código QR con datos biométricos: 10 huellas dactilares, iris de los ojos derecho e izquierdo.

¿Cómo entrará en vigor?

Los artículos transitorios del decreto establecen un plazo no mayor a 90 días para la creación de la Plataforma Única de Identidad, con el apoyo de la Secretaría de Gobernación y la Agencia de Transformación Digital.

Serán las autoridades las que habiliten los mecanismos para integrar datos a la CURP; asimismo, se coordinarán actividades para vincular el Registro Nacional de Población con el sistema de salud.

Se detalla también que todos los entes públicos y privados deben adoptar las medidas necesarias para incluir este requisito como obligatorio en los trámites y servicios que realicen.

Por otro lado, en un plazo de 120 días se establecerá un programa para registrar los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes, en colaboración con las autoridades correspondientes.