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Seis meses para resolver

El día 1 de septiembre los nuevos integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estuvieron ocupados violentando el estado laico mexicano c...

Lunes, 08 Septiembre 2025

Fuente: Contramuro Noticias en Michoacán / Opinión /

El día 1 de septiembre los nuevos integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estuvieron ocupados violentando el estado laico mexicano con sus actividades inherentes a su llegada después de una cuestionada elección, es hasta el día 2 siguiente que aprueban y entra en vigor el Reglamento de Sesiones y de integración de listas de asuntos con proyecto de resolución, aun cuando su publicación se da hasta el jueves 4 de septiembre pasado, donde destacan varios apartados:

1. Precisan que sus sesiones serán públicas de lunes a viernes, que de manera excepcional serán privadas cuando se aborde alguna de las 28 fracciones del artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF); dichas sesiones serán ordinarias y extraordinarias, que su desarrollo será en sus instalaciones, pudiendo sesionar en sedes distintas, llamando a estas como “sesiones extraordinarias en territorio”, pudiendo sesionar de manera excepcional en viernes.

2. Determinan como asuntos urgentes la revisión oficiosa de los Decretos presidenciales a los que alude el último párrafo del artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); como asuntos prioritarios aquellos a los que se refieren los artículos 4 de la Ley de Amparo y 9 bis de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II, del artículo 105 de la CPEUM; como asuntos de atención preferente los casos en que una persona se encuentre privada de la libertad, todos aquellos relacionados con derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, se involucre directamente el interés superior de los menores, deriven de juicios agrarios colectivos, las acciones de inconstitucionalidad en materia electoral, los conflictos competenciales, los impedimentos, los incidentes de inejecución de sentencia, las impugnaciones en materia electoral en términos del artículo 17, fracción V, de la LOPJF, los procedimientos de responsabilidad administrativa relacionados con la aprobación o modificación de medidas cautelares sobre faltas graves y respecto de la resolución de los seguidos por faltas de esa naturaleza, entre otros.

3. Consignan como asuntos de término: Los asuntos en materia tributaria y penal a que se refieren los artículos 17, párrafo segundo y, 20, Apartado B, fracción VII, de la CPEUM; cuyo plazo iniciará a computarse respecto de los ingresados antes de la entrada en vigor de dicho Reglamento, a partir del 1 de septiembre de 2025 en que entró en funciones la nueva integración de la SCJN.

En este último punto, es importante considerar que el artículo 17 de la CPEUM reformado mediante el Decreto del 15 de septiembre de 2024, establece que las leyes preverán las cuantías y supuestos en materia tributaria en las cuales tanto los Tribunales Administrativos como las Juezas y Jueces de Distrito y Tribunales de Circuito del Poder Judicial de la Federación o, en su caso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, deberán resolver en un máximo de seis meses, contados a partir del conocimiento del asunto por parte de la autoridad competente.

El hecho de que la SCJN establezca un lineamiento reglamentario vinculado con el numeral constitucional en cita es contrario a derecho, ya que es patente que el legislador federal es quien debe establecer cuantías y supuestos para estar en el supuesto de resolución en un máximo de seis meses, lo que hasta la fecha no ha sucedido.

Esperemos que este sea el único yerro del máximo tribunal de la nación y no lo hayan establecido por el temor de que de cumplirse con el plazo señalado y que no se haya dictado sentencia, el órgano jurisdiccional que conozca del asunto deberá dar aviso inmediato al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones de dicha demora o, en su caso, dar vista al órgano interno de control tratándose de Tribunales Administrativos.

Todo un galimatias, pero para paliar la ausencia de conocimientos, el Órgano de Administración Judicial llevará a cabo del 8 al 12 de septiembre de los corrientes, un curso de especialización para personas juzgadoras electas, lamentablemente una semana no es suficiente para aprender la O por lo redondo. @lvarezbanderas

**Los comentarios de la columna opinión son responsabilidad de quien la firma y no necesariamente reflejan la postura editorial de contramuro.com

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