Conoce las últimas actualizaciones del SAT sobre el régimen RESICO y cómo impactan a las micro, pequeñas y medianas empresas
Ciudad de México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la entidad responsable de asegurar que tanto personas físicas como morales cumplan con sus responsabilidades fiscales, con el objetivo de contribuir al financiamiento del gasto público en México. Para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones, es esencial seguir las directrices establecidas por el SAT. Por ejemplo, el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) está diseñado para micro, pequeñas y medianas empresas.
Recientemente, el SAT emitió un comunicado dirigido a los contribuyentes del RESICO. El miércoles 11 de diciembre de 2024, a través de sus redes sociales, el SAT anunció nuevas facilidades para este régimen. Según la información proporcionada, aquellos que hayan sido excluidos del RESICO debido a una actualización de la autoridad, pero que sean personas físicas con ingresos menores a 3.5 millones de pesos, pueden volver a inscribirse en este régimen.
¿Cómo puedo reescribirme a RESICO?
Para reincorporarse al RESICO, los contribuyentes deben presentar un caso de aclaración ante el SAT con la etiqueta REGLA 2.5.8. Es importante actuar con rapidez, ya que la oportunidad tiene un plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024. El proceso debe realizarse a través del portal oficial del SAT.
A partir de 2025, quienes deseen tributar bajo el RESICO podrán hacerlo mediante un aviso de actualización de actividades en el portal del SAT. Aquellos que pospongan su cambio hasta después del 31 de diciembre podrán iniciar su renovación a partir del 1 de enero. El enlace para realizar estos trámites es: Trámites SAT.
Estas son las características de RESICO
El SAT define un régimen fiscal como un conjunto de derechos y obligaciones que un ciudadano adquiere al desempeñar una actividad económica específica. Cada régimen tiene características distintas, y es crucial conocer las actividades e ingresos para registrarse correctamente. Las principales características del RESICO son:
- Aplica para personas morales con ingresos anuales inferiores a 35 millones de pesos.
- Para personas físicas, es aplicable a quienes tengan actividades empresariales con ingresos inferiores a 3.5 millones de pesos anuales.
- Permite a personas morales acumular ingresos cuando se perciben efectivamente, es decir, mediante el flujo de efectivo.
- Ofrece un esquema de deducción de inversiones a corto plazo.
- No permite deducciones para el ISR, pero sí para la Renta Gravable (PTU).
- Retención de 1.25% de ISR para personas morales que realicen actividades empresariales, profesionales o que otorguen el uso o goce temporal de bienes.