Morelia, Michoacán
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad por la reforma propuesta por el gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, y avalada por el Congreso local para castigar con cárcel la “expresión de las ideas” y la “alusión” de temas que tengan que ver con consumo de sustancias ilícitas y crimen organizado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya admitió el recurso, por lo que será discutido en los próximos días y en caso de que los ministros coincidan con el criterio de la CNDH, quedaría inválida la reforma.
Esta acción fue solicitada por el colectivo de periodistas Ni Uno Más Michoacán, a través de la gestión de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), a la que agradecieron el apoyo los comunicadores a través de su cuenta de Facebook, puesto que tuvo que intervenir a “toda velocidad”, ya que el Periódico Oficial de Michoacán publicó el decreto el pasado 23 de junio en la noche, pero con fecha del 30 de mayo, dando sólo seis días (de los cuales dos eran inhábiles), para interponer recursos legales.
De acuerdo con Ni Uno Más Michoacán, esta reforma resulta violatoria de los derechos humanos de todos los ciudadanos, puesto que la redacción de la reforma al Código Penal “es ambigua, lo que hace perseguir toda alusión al fenómeno delictivo en Michoacán para invisibilizarlo”.
De acuerdo con el recién reformado artículo 24 del Código Penal de Michoacán, se consideran autores o partícipes de delito “los que expresen ideas, promocionen o expongan argumentos por cualquier medio que incentiven la criminalidad”.
Sin embargo, el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece:
“La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público…” y también dice que “toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.
Otro artículo que se reformó fue el 163 quinquies, en donde se estableció que se castigará con cárcel “a todo aquel que haya alusión o promoción de grupos delictivos o personas vinculadas a los mismos” y aunque excluye a los que lo hagan con fines periodísticos, sigue afectando a artistas, activistas, académicos, y la sociedad en general.