Morelia, Michoacán
A partir del 1 de enero de 2026, empresas emisoras de facturas que no demuestren la legitimidad de éstas enfrentarán sanciones que podrían poner en riesgo su viabilidad y afectar a sus clientes, así lo señalaron representantes de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales (Anefac) en Michoacán.
Detallaron que, con la reforma fiscal correspondiente a 2026, la autoridad implementó mejores controles en la emisión de comprobantes de operaciones, una acción enfocada especialmente en las empresas conocidas como factureras, pero cuyos efectos podrían alcanzar otro tipo de empresas y a los clientes de estas, explicó el presidente de la Anefac Michoacán, Alan Omar del Río Ortiz.
La reforma abarca una facultad de comprobación sobre las facturas emitidas de una empresa, para asegurar que estas respaldan operaciones verídicas, facultad donde la autoridad impositiva arriba a las empresas, restringe por cinco días el uso de sus sellos, y espera la acreditación de las facturas, detalló el vicepresidente de la Anefac Michoacán, David Misael Fuerte Garfias.
Si en este lapso no demuestra la legitimidad de las operaciones amparadas por las facturas emitidas en los siguientes 20 días la empresa aparecerá en el listado de irregularidades proporcionado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
A partir de este momento, quienes cuenten con facturas correspondientes a esta empresa deberán corregir su situación fiscal para quitar el efecto de los comprobantes calificados como irregulares, lo que eventualmente llevará a un incremento en las contribuciones exigidas.
El expresidente de Anefac Michoacán, Javier Eliot Olmedo Castilloz reiteró que la obligatoriedad de acreditación estará vigente desde el 1 de enero de este año y su incumplimiento conllevará sanciones de tipo penal.
La determinación de la autoridad deriva de la existencia de empresas fachada, que generan de forma irregular facturas para justificar deducciones fiscales o aparentar una capacidad económica distinta a la real.
Sin embargo, el aumento de la presión fiscal implica un procedimiento rudo, abrasivo y peligroso, que puede resultar en afectaciones a terceros por el error de uno, aseveró el socio fundador de la Anefac Michoacán, Ramiro Humberto Ortega Campos.
Y es que con ello la autoridad espera que los contribuyentes se conduzcan como investigadores, que deberán extremar el cuidado en la selección de sus proveedores, revisar que estos paguen impuestos y mes a mes verificar las listas de empresas irregulares, indicó Alan Omar del Río.
Obligada, garantía de pago de crédito fiscal para su controversia
No es la única medida incluida en la reforma fiscal 2026 que tendrá un efecto potencialmente adverso sobre los contribuyentes, afirmó David Misael Fuerte, puesto que existe otra medida que prevé la necesidad de garantizar el pago de multas, mediante un depósito ante el Banco del Bienestar, para poder llevar a cabo un procedimiento de impugnación o controversia.
Al 31 de diciembre de 2025, al controvertir una multa fiscal, mediante el recurso de revocación, no se exigían garantías de pago, pero ahora, independientemente del mecanismo utilizado para impugnar un crédito fiscal, primero se tendrá que hacer un billete de depósito en el Banco del Bienestar, es decir, primero pagar la multa y luego buscar impugnarla.
Los especialistas se enfocaron en las multas fiscales porque son los conceptos más comúnmente generadores de créditos fiscales; estas pueden ir desde dos mil 800, hasta más de 500 mil pesos, con lo que los montos involucrados impactarán de manera negativa, sobre todo, en los micro y pequeños contribuyentes, acotó Javier Eliot Olmedo.
Ejemplificó que una multa por no presentar declaración fiscal puede alcanzar los nueve mil pesos, monto que es exigido por concepto no declarado y por mes en el que no se presentó la declaración, con lo que al final la suma de la multa puede resultar onerosa, incluso impagable, para un micro o pequeño contribuyente.